¡Ayúdanos a protegerte! Conoce los riesgos vinculados a la LC/FT/FPADM

Al momento de utilizar tus instrumentos financieros es fundamental, que verifiques la identidad de las personas naturales o jurídicas con las cuales realizas operaciones comerciales o de negocios, a través de transferencias y medios de pago electrónicos; de no hacerlo estarías expuesto a los siguientes riesgos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo (LC/FT):
  • Robo de datos para accesos ilícitos a las cuentas de bancos, son realizados por medio de llamadas telefónicas o sitios web fraudulentos.
  • El fraude y la estafa, son realizados a través de la compra de productos y servicios por medios electrónicos o en línea.
  • Delitos informáticos o cibernéticos a través de mensajes de WhatsApp, SMS o páginas web con falsos concursos o promociones donde se suplanta la identidad de una empresa o una entidad conocida con el fin de obtener los datos de los usuarios.

Usa con precaución las plataformas digitales

Evita realizar operaciones a través de plataformas digitales no certificadas por las autoridades competentes, que por sus características no te permitan conocer el origen o destino de los fondos y te expongan a riesgos de LC/FT/FPADM a través de empresas prestadoras de servicios tales como:
  • Compañías que realizan contratos o subcontratos con otras instituciones que no cuenten con los permisos correspondientes, con la finalidad de ser cuentas concentradoras o recaudadoras de fondos.
  • Compra o ventas de divisas fuera de las instituciones financieras.
  • Negociación de compra y venta de criptomonedas a terceros que no tengan autorización por parte del ente competente.
  • Actividades de loterías, agencias de apuestas y casinos online que no dispongan de los permisos requeridos por parte de las autoridades.

Recomendaciones para prevenir la LC/FT/FPADM

Al cumplir con estas recomendaciones nos permitirás protegerte como nuestro cliente y por ende al Banco.
  • Mantén tus datos de contacto actualizados para realizar de forma segura tus operaciones financieras a través de nuestros canales digitales. Recuerda que al actualizar tus datos (número de teléfono y correo electrónico) por Provinet web o móvil, recibirás en tiempo real un SMS con la notificación del cambio.
  • Al momento de registrarte como cliente del “Banco Provincial, SA Banco Universal” debes indicarle a tu asesor financiero toda la información y documentación asociada a tus datos básicos de identificación (nombres completo, original de tu documento de identidad, dirección de habitación, actividad económica, profesión u oficio, RIF, entre otros) según aplique para persona natural o jurídica que permita completar la aplicación de la política “Conozca su Cliente”.
  • Cumplir con las medidas de seguridad implementadas por “Banco Provincial, SA Banco Universal” para el uso de los productos y servicios contratados; así como nuestros canales disponibles (Provinet, cajeros automáticos, puntos de venta y la Línea Provincial). 
  • Para realizar retiros en efectivo por las taquillas del Banco, debes ser el titular de la Tarjeta de Débito/Crédito y colocar la huella dactilar en el soporte respectivo.
  • No permitas que terceros utilicen tu cuenta para realizar operaciones cuyo origen se desconoce.

Conoce más sobre Prevención y Control de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo

Conozca su Cliente

En “Banco Provincial, S.A. Banco Universal”, dando fiel cumplimiento al marco legal y a la normativa vigente Resolución 083.18 que entró en vigencia este 17 de julio de 2019 que dicta las “Normas para la administración y la fiscalización de los riesgos relacionados con la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM)”, aplicables a las instituciones del sector bancario nos enfocamos en aplicar eficazmente la Política “Conozca su Cliente", buscando resguardar y cuidar a nuestros clientes; logrando así minimizar los riesgos relacionados a los delitos de (LC/FT/FPADM).

Ayúdanos a Prevenir la Legitimación de Capitales, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, cumpliendo con los siguientes aspectos:

  • Al momento de solicitar abrir una cuenta en “Banco Provincial, S.A. Banco Universal”, es muy importante que suministres al gestor toda la información requerida y la documentación exigida en la normativa vigente. Entrega el documento de identidad original y vigente, según aplique para persona natural o jurídica: el original de la cédula de identidad, pasaporte, RIF, Registro Mercantil y modificaciones posteriores necesarias, según corresponda.
  • Actualiza cada 18 meses tus datos (dirección, teléfonos, actividad económica, entre otros) y sí no existen cambios, corrobora la información, para así mantener la información vigente y ofrecerte un mejor servicio ajustado a tu perfil financiero.

 

Marco legal

Marco legal que regula la materia en la República Bolivariana de Venezuela

En “Banco Provincial, S.A. Banco Universal”, la Prevención y Control de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva representa un aspecto de atención importante como Sujeto Obligado de las siguientes leyes y decretos:

  • "Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario", publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°6.154 de fecha 19 de noviembre de 2014; reimpresa en la Gaceta Oficial N°40.557 del 08 de diciembre de 2014.
  • Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDO-FT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.912 de Fecha 30/04/2012.
  • Resolución N°083.18 “Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos relacionados con la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, emitida por SUDEBAN publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°41.566 de fecha 17-01-2019.
  • Resolución N°136.03 “Normas para la adecuada Administración Integral de Riesgos”, emitida por SUDEBAN publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°37.703 de fecha 03-06-2003.

Definiciones de interés

Según la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, Art. 4. se entiende por:

1. Legitimación de Capitales

La Legitimación de Capitales es el proceso de esconder o disimular la existencia, origen, movimiento, destino o uso de bienes o fondos que tienen una fuente ilícita, para hacerlos aparentar como provenientes de una actividad legítima.

2. Fases de la Legitimación de Capitales

  • Colocación: Es la etapa donde el legitimador trata de introducir en las entidades bancarias los recursos ilegales producto de la comisión de un delito. 
  • Procesamiento: En esta etapa se realiza una serie de transacciones financieras (movimiento) para interrumpir la cadena de evidencias ante eventuales investigaciones sobre el origen y fuente de los fondos provenientes de actividades ilícitas.
  • Integración: En esta etapa son incorporados formalmente estos fondos de origen ilícito en el circuito económico legal aparentando ser de origen o fuente lícita.

3. Financiamiento al Terrorismo

Quien proporcione, facilite, resguarde, administre, colecte o recabe fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con el propósito de que éstos sean utilizados en su totalidad o en parte por un terrorista individual o por una organización terrorista, o para cometer uno o varios actos terroristas, aunque los fondos no hayan sido efectivamente utilizados o no se haya consumado el acto o los actos terroristas.

4. Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

Es el acto de proporcionar fondos o servicios financieros que se utilizan, en todo o en parte, para la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, transbordo, corretaje, transporte, transferencia, almacenamiento o uso de armas nucleares, químicas o biológicas y sus vectores y materiales relacionados (incluidos ambos tecnologías y bienes de doble uso utilizados para fines no legítimos), en contravención de las leyes nacionales y/o acuerdos internacionales aplicables.

5. Armas de Destrucción Masiva

Son aquellas armas diseñadas para matar a una gran cantidad de personas, dirigidas tanto a civiles como a militares. Estas armas no se utilizan generalmente en un objetivo muy específico, sino más bien sobre un área extendida más allá del radio de una milla, con efectos devastadores en las personas, infraestructura y medio ambiente; tales como, las armas nucleares, biológicas y las químicas.

Delincuencia Organizada

La Delincuencia Organizada se define como la acción u omisión de 3 o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en la LOCDO/FT y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad  realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en esta Ley.

Consecuencias de la Legitimación de Capitales

Las consecuencias de la Legitimación de Capitales son diversas, sobre todo en la economía de los países y la imagen de las Instituciones Financieras, esto se ve reflejado en las principales consecuencias:

Consecuencias en el ámbito Social:

  • Afecta la economía de un país al ingresar a los diferentes sectores económicos dinero proveniente de actividades ilícitas.
  • Causa el Incremento del desempleo y desvío de las fuerzas laborales hacia actividades ilícitas, dada las condiciones de desigualdad en la competencia frente al industrial o el comerciante honrado.
  • Deterioro de la imagen internacional de los países, al verse señalado como un estado débil, permisivo con los ingresos provenientes de actividades ilegales.
  • Afecta la credibilidad de las Instituciones Financieras al estar expuestas a posibles sanciones legales y administrativas.

Consecuencias en el ámbito Legal:

Penas Legales: En base al art. 35 de la “Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo” (LOCDO-FT), establece lo siguiente: 

“Quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o propietaria, poseedor o poseedora de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa ó indirectamente de una actividad ilícita, será penado o penada con prisión de diez a quince años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido”. 

“Banco Provincial, S.A. Banco Universal”, como empresa comprometida socialmente fomenta valores con trabajo incansable, colabora en esta labor de prevención internalizando en sus colaboradores una cultura de valores éticos y morales.